INFORME HERÁLDICO
EL DÍA 16 DE DICIEMBRE DE 1999, EL PROFESOR D. SALVADOR LLOPIS, CRONISTA OFICIAL DE SALAMANCA Y PROVINCIA, FIRMA EL SIGUIENTE INFORME HERÁLDICO SOBRE GALINDUSTE:
"PRETENSIÓN A POSEER Y OSTENTAR ARMAS HERÁLDICAS PROPIAS:
La heráldica, sitema de símbolos basados por un lado en piezas y figuras y por otro en esmaltes de metales y colores, fue propia de la Europa Occidental. Tales distintivos, tanto en León como en Castilla, alcanzan arraigada tradición. Y lo que en principio fuera patrimonio exclusivo de la realeza, estado Noble y Órdenes Militares, pasa a ser también de los municipios.
Hacia el primer tercio del siglo XIII, los sellos concejiles de muchas poblaciones hispanas ostentan armas propias, dando lugar a la llamada heráldica tradiciones de concejos, una de las más bellas de la Ciencia del Blasón.
Las Reales Órdenes de 11 de julio de 1846 y 20 de agosto de 1876, brindan la oportunidad de poseer a los municipios que lo deseen su heráldica particular.
El ayuntamiento de GALINDUSTE, en la provincia de Salamanca, aspira a tal signo de distinción que le diferencie de otras poblaciones de idéntico rango y que, carentes en su día de escudo propio, hoy lo tienen otorgado.
DISPOSICIÓN APLICABLE:
Corresponde al Pleno del Ayuntamiento la aprobación del acuerdo en orden a la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo, tal y como dispone el art. 22.2b de 2 de abril de Bases de Régimen Local.
Tal competencia ya venía regulada en la derogada Ley de Régimen local y también en el antiguo Reglamento de Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales de 17 de mayo de 1952.
La aplicación legislativa es completada mediante Decreto de Presidencia de la Junta de Castilla y León num. 105/1991 de 9 de mayo.
El Ayuntamiento de Galinduste, haciendo uso de esta competencia aprobó, a propuesta de la Alcaldía, en la sesión extraordinaria celebrada el día 17 de noviembre del año de 1999, iniciar los trámites necesarios con arreglo a lo dispuesto en el art. 5 del mencionado Decreto 105/1991 para la concesión de Armas privativas a Entidades Locales, encargando del estudio y diseño del posible blasón a un heraldista titulado.
La actual ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, en su artículo 28 del Título V, referente a los símbolos municipales, autoriza a los municipios de Castilla y León a aprobar su propio escudo heráldico por acuerdo del Ayuntamiento, adoptado por mayoría absoluta del número legal de sus miembros, previa instrucción del procedimiento en el que conste las razones que lo justifiquen, dibujo, proyecto de blasón e informe del órgano asesor en la materia de la Junta de Castilla y León.
COMPOSICIÓN HERÁLDICA PARA ESTE BLASÓN:
SOPORTE O ESCUDO:
Se ha elegido el modelo español por ser el más usual entre nosotros y el definitivamente adoptado por nuestra heráldica nacional y ser el de las Armas de nuestro actual monarca. Escudo tradicional cuyo punto de partida hay que encontrarlo en el s. XV.
Evolución de la primitiva forma almendrada de la tarja medieval se encuentra en la línea clásica de los reinos peninsulares, en particuar del Castellano Leonés, conservando en la Armería Ibérica hasta el s. XVI, repitiéndose frecuentemente en los siglos XVIII y XIX.
Rectilíneo en el jefe y flancos, es curvilíneo en la punta.
TIMBRE:
Siendo España una monarquía y todas las ciudades, villas y lugares, por lo tanto, realengas, deben coronarse con el timbre de la Casa Borbónica reinante.
Tiene éste un cerco o cintillo, forrado de gules, de oro cubierto de perlas y piedras preciosas, realzado de ocho florones de forma de acanto levantadas, entre las que se interponen ocho puntas más bajas, rematadas en su punta por perlas y apoyadas en los florones, diademas de oro cargadas de perlas, unidas al centro, cimadas de un globo o mundo de azur, con el meridiano y el ecuador de oro, sumado de una cruz de oro.
NORMAS TENIDAS EN CUENTA PARA ESTAS ARMAS Y CAMPO:
Respetando las conclusiones del III Seminario de Investigación, organizado por el IEAL, celebrado en Huelva en octubre de 1976, se ha prescindido del capricho y de la arbitrariedad en la división del campo, figuras y piezas representativas.
Además en la composición se ha procurado la máxima simplicidad recomendada por la Real Academia de la Historia, evitando la profusión de cuarteles y elementos antiheráldicos (circular 1710 de 3 de junio de 1964 de la Inspección General de Administración Local del M. de la Gobernación).
ORGANIZACIÓN DEL BLASÓN:
DIVISIÓN:
Escudo cortado por una línea horizontal desde el flanco izquierdo (derecho según la persona), quedando el campo en dos cuarteles, uno superior o principal, otro inferior o secundario.
Cuartel superior o principal:
Esmaltado en sinople, teniendo por Armas una fortaleza de plata, semejando un castillo: Torre del Homenaje flanqueada por otras dos menores y entre ambas muro almenado.
Cuartel inferior o secundario:
Jaquelado de plata y azur, Armas de la Casa o Estado Ducal de Alba de Tormes.
SIGNIFICADO DE TALES ARMAS EN EL ESCUDO DE GALINDUSTE.
La fortaleza simboliza el pueblo representado en las más venerables ruinas defensivas del medievo, sólo en pie la Torre del Reloj. La alhóndiga y panera señalada en el Catastro de Ensenada para reuniones del concejo, formaría tal vez parte como atalaya frente a la frontera castellana, formando línea defensiva con Santibáñez, Cespedosa y Alba de Tormes.
Dicen gentes de edad, que la fortaleza era obra de moros, apelativo genérico para señalar la gente no instruida una fortificación de la época de la Repoblación. (Ref. Los Castillos de Salamanca, publicación de "El Adelanto" 1999, p.129).
Los jaqueles de la Casa de Alba simbolizan el señorío jurisdiccional sobre este lugar perteneciente entonces (1753) a la Duquesa Cayetana de tal estirpe nobiliaria, quien percibía las alcabalas y otro derechos a ella agregados, de esta forma: 54.188 maravedises por alcabales; 7.480 maravedises equivalentes a gallinas; 1.088 maravedises por leña; 1.265 maravedises por paja.
Salamanca, a 16 de diciembre de 1999
Enviado por: cmbh | Ultima modificacion:15-12-2006 15:48