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España > Madrid > Meco
17-02-12 19:36 #9638739
Por:No Registrado
Plazas personal Ayuntamiento de Meco
hola, hoy vienen publicadas en el Boe unas plazas en el Ayuntamiento de Meco por el sistema de concurso. Me gustaría saber si me podeis informarme si las personas que desempeñan actualmente esos puestos de trabajo llevan mucho años, por lo tanto tienen bastantes puntos en el concurso, es que estoy pensando en presentarme. Muchas gracias
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26-02-12 19:57 #9686013 -> 9638739
Por:No Registrado
RE: Plazas personal Ayuntamiento de Meco
Tu lo has dicho: esas plazas salen para hacer fijos a los que ya están. No hay nada que hacer. Les metieron a dedo y después de unos años puntúan, y tu no, por antigüedad. Nada de igualdad en los concursos; todos partiendo de O.

Así es esta mier.da de país. Primero el dedo y luego te hago fijo por tu experiencia... ¡Pasa tantas veces!

Por cierto ¿Cuanto personal tiene este municipio y cuanto cobran? Que se publique.
Puntos:
26-02-12 21:35 #9686640 -> 9686013
Por:No Registrado
RE: Plazas personal Ayuntamiento de Meco
¿Por qué crees que no hay oposición?
Por dos motivos, -para evitar que se presente mucha más gente de la deseable, con todo el trabajo que lleva eso de calificar y valorar, y -para que puntúe sobre todo "la experiencia en el puesto" que lógicamente tienen los ya metidos a dedo (y no los nuevos).

"Consolidar empleo" es una gran corrupción porque está para hacer fijos a los colocados a dedo por familiaridad, afinidad política o porque "me da la gana" que para eso soy el "arcarde" y hago lo que quiero.

Este sistema corrupto es lo que impide verdaderamente la movilidad laboral entre los españoles que se dedican a la administración. Es el resultado de las componendas gobiernos y sindicatos de cualquier color en estas décadas de la Corrupción del 78, digo Constitución.

En la dictadura anterior cualquiera podía presentarse a oposiciones (no concursos) en cualquier parte de España. Eso se acabó en este estado corrupto, mucho más que la dictadura.

Estaría bien que se así y todo, se presentaran muchas instancias y algún pretendiente a esas plazas denunciase el sistema de selección en los juzgados. Pero ¿Hay verdadera justicia en este país corrompido desde el Rey hasta el alcalde de Meco?
Puntos:
26-02-12 20:06 #9686076 -> 9638739
Por:No Registrado
RE: Plazas personal Ayuntamiento de Meco
https://ww.madrid.org/cs/Satellite?blobcol=urlordenpdf&blobheader=application%2Fpdf&blobkey=id&blobtable=CM_Orden_BOCM&blobwhere=1142673073928&ssbinary=true


BASES PARA LA PROVISIÓN DE VARIAS PLAZAS, EN EL MARCO
DE UN PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL,
COMO PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE MECO FIJO
EN PLANTILLA
1. Objeto
1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión como personal laboral fijo en
plantilla, mediante el sistema de concurso de méritos, para las siguientes plazas:
— Plaza de conserje.
— 4 plazas de auxiliar administrativo.
— Plaza de administrativo.
— Plaza de oficial administrativo.
Todas las plazas están dotadas con las retribuciones que correspondan con al convenio
colectivo en vigor y establecidas en el presupuesto en vigor.
2. El proceso selectivo tendrá carácter abierto (acceso libre), el sistema selectivo será
el de concurso, consistente únicamente en la valoración de los méritos de los aspirantes, al
considerarse por esta Alcaldía como sistema suficiente para acreditar la capacidad y el mé-
rito requerido para el desempeño de los puestos ofertados.

2. Requisitos
1. Para ser admitido al presente concurso serán requisitos:
a) Ser español o nacional de un estado miembro de la Unión Europea o de un estado
al que, en virtud de Tratado Internacional celebrado por la Unión Europea y ratificado por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad
Europea, o ser cónyuge o descendiente de aquellos, en los términos previstos en
el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener dieciséis años cumplidos y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de la Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de las funciones públicas.
e) Estar en posesión de la titulación mínima que se indica en la base 2.3 para cada
una de las plazas, o estar en condiciones e obtenerlo en la fecha en que finalice el
plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal
equivalencia o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el organismo competente en materia de homologación de títulos académicos, que acredite la citada equivalencia.
2. Todos los requisitos deberán reunirlos los aspirantes en la fecha en que finalice el
plazo de presentación de instancias de esta convocatoria.
3. La titulación mínima exigida de conformidad con lo previsto en el apartado primero de esta base, será la siguiente:
— Para la plaza de conserje: certificado de escolaridad o equivalente.
— Para las plazas de auxiliar administrativo, graduado escolar, graduado en educación secundaria obligatoria, formación profesional de primer grado o equivalente.
— Para la plaza de administrativo: bachiller, formación profesional de segundo grado, o equivalente.

NI OPSICIONES NI NA DE NA. COLOCA A GENTE QUE YA ESTÁ METIDA A DEDO.

sINVERGUENZAS
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26-02-12 22:13 #9686818 -> 9638739
Por:No Registrado
RE: Plazas personal Ayuntamiento de Meco
60 puntos por estar ocupando la plaza y 40 por méritos relativos al puesto. Si ya trabajas en el ayuntamiento de Meco puntuas 4. contra 1 el de fuera- Está clarísimo que se quiere colocar fijos a los enchufados.
El de fuera parte con una desventaja iNSALVABLE.

ANEXO IV
BAREMO MÉRITOS PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO
(Asociada al Departamento de Obras y Urbanismo)
I. EXPERIENCIA PROFESIONAL EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. (Máximo 60 puntos)
Se valorarán los servicios prestados en la administración local, autonómica o estatal en la categoría profesional de auxiliar,
administrativo o superior; en régimen de contratación laboral o funcionario en los últimos 13 años de la siguiente forma:
 Por servicios prestados en el Ayuntamiento de Meco, 1 punto por mes trabajado. No se valorarán los períodos de tiempo
inferiores al mes.
 Por servicios prestados en administraciones distintas del Ayuntamiento de Meco, 0,4 puntos por mes trabajado. No se
valorarán los períodos de tiempo inferiores al mes.
II. MÉRITOS ESPECÍFICOS – AUXILIAR ADMINISTRATIVO ASOCIADO AL DEPARTAMENTO DE OBRAS Y URBANISMO.
(Máximo 40 puntos)
II. 1. Se valorarán, con un máximo de 30 puntos, los cometidos y servicios propios de un auxiliar administrativo en el
departamento de Obras y Urbanismo de una Administración Local en los últimos cinco años, en las materias o cometidos que
especifican a continuación:
 Licencias urbanísticas de obra mayor y menor. Comprobación de la documentación presentada para obtener las licencias,
apertura de expediente y seguimiento hasta la posterior obtención y notificación. Por la experiencia en el desarrollo de estas
tareas se valorará a razón de 2 puntos por año trabajado, con un máximo de 10 puntos.
 Licencias de primera ocupación. Supervisión de los expedientes, requerimiento de informes técnicos cuando proceda,
notificación y envío de la liquidación. Por la experiencia en el desarrollo de estas tareas se valorará a razón de 2 puntos por
año trabajado, con un máximo de 10 puntos.
 Segregaciones, agregaciones y cédulas urbanísticas. Informatización y creación de los expedientes necesarios. Seguimiento
y control de los informes técnicos preceptivos y notificación. Por la experiencia en el desarrollo de estas tareas se valorará a
razón de 2 puntos por año trabajado, con un máximo de 10 puntos.
No se valorarán los períodos de tiempo inferiores al año.
II. 2. Como otros méritos específicos se valorará también la formación complementaria relacionada con los cometidos y labores
propias del departamento de Obras y Urbanismo. Se valorarán todos aquellos cursos realizados, en los últimos 10 años, que tengan
relación directa con el área donde se enmarcan las tareas descritas anteriormente, y que estén acreditados por organismos públicos
oficiales. A razón de 0,1 punto por hora lectiva certificada, con un máximo 10 puntos.
** FORMA DE ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS ALEGADOS: Certificado del fedatario público de la administración en la que se
hallan prestado los servicios, o informe de la Jefatura de Personal de la administración en la que se hallan prestado los servicios
(Alcaldía, Presidencia, Concejalía Delegada, órgano o responsable correspondiente), en que se indiquen los años de experiencia, y los
méritos específicos indicados anteriormente.
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